1 / 1
Transcripción
Texto extraído automáticamente mediante OCR. Puede contener errores.
Form. N° 15
MEMORANDO
PARA INFORMACION DE:
PRODUCIDO POR:
SEÑOR JEFE DPIO. PER-
JEFE DPIO PLANEAMIENTO
SONAL .-
Bs. Aires,
18 JUN. A 197 5
ASUNTO: Remitir Resolución "S" N° 291/75.-
Adjunto remito al señor Jefe para
su conocimiento y archivo en esa dependencia,
"ORIGINAL" de la Resolución "S" N° 291/75 del
16JUN75 por la cual se aprueba con anteriori-
dad al 25ABR75 1a Organización de la Secreta-
ría.-
airusantua
Icai. (R.E.) JOSE MARIA SAN D
YARTIN
Jefe Dpto. Planeamient
DPTO.
ENTRÓ
PLAN
170914
SALIÓ
18-6.75
DEPARTAMENTO
PERSONAL
latró
1 8JUN 1975
No.
2.876
Salió
• /
......
Análisis Documental ALTO
Análisis generado automáticamente mediante inteligencia artificial. Puede contener errores o interpretaciones inexactas.
Sintesis Descriptiva
La Resolución “S” Nº 291/75, clasificada “SECRETO” y fechada el 16-VI-1975, es emitida por el Vicealmirante Aldo A. Peyronel en su carácter de Secretario de Informaciones de Estado (SIDE).
• Objeto: “Apruébase con anterioridad al 25 de abril de 1975 la Organización de la Secretaría que figura como Anexo 1” (Página 3).
• Deroga: “Déjese sin efecto la estructura orgánica establecida en el RISIDE 1973 (Capítulo V – Anexo)” (Página 3).
• Destinatarios: El “Personal Superior del Organismo, hasta nivel Jefe de Departamento inclusive” y el Departamento Personal para su archivo (Página 5).
• Autoridad invocada: no menciona una ley específica; se fundamenta en la “misión y funciones que debe satisfacer en esta etapa coyuntural” y en las “pautas establecidas por el suscripto en la ‘ORIENTACIÓN PARA EL AÑO 1975’” (Página 3).
• Documentos complementarios internos: diversos memorandos del Depto. Planeamiento (enero 1975-enero 1976) remiten al “Anexo 1” ausente y a las “NORMAS PARA LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL ENCUBRIMIENTO DEL PERSONAL Y DEPENDENCIAS DE LA SECRETARÍA DE INFORMACIONES DE ESTADO”, así como a la Resolución “S” Nº 855/75.
Contexto temporal: segunda mitad del gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón, con intensificación de la conflictividad político-social y militarización creciente de la SIDE. Faltaban nueve meses para el golpe de Estado del 24-III-1976; regían el Estado de Sitio (Decreto 1368/75) y el Operativo Independencia (Decreto 261/75).
Analisis Institucional y Politico
1. Reconfiguración interna: El texto anuncia una nueva “Organización de la Secretaría”, sin detallar el organigrama (por ausencia del Anexo 1). Sin embargo, al dejar sin efecto el RISIDE 1973, supone un rediseño completo de direcciones, departamentos y delegaciones.
2. Militarización: La firma de un Vicealmirante como Secretario evidencia la inclusión formal de oficiales superiores de la Armada al frente de la SIDE, fenómeno creciente desde 1974 e intensificado tras el decreto 261/75.
3. Función de Planeamiento: El Departamento Planeamiento aparece como actor protagónico —redacta la propuesta y emite los memorandos— lo que sugiere centralidad en la definición de estrategias de inteligencia y en la estandarización de procedimientos encubiertos.
4. Encubrimiento operativo: Los memorandos de 1975-1976 ordenan incorporar, reemplazar y destruir fojas del “Anexo 1” relativo al “encubrimiento del personal y dependencias”. Esto indica la existencia de redes de cobertura (identidades de fachada, domicilios ficticios, dependencias encubiertas) para operaciones de inteligencia.
5. Articulación inter-agencial: Aunque la resolución no menciona explícitamente a FFAA o fuerzas de seguridad, la conducción militar y la referencia al “encubrimiento” sugieren coordinación con estructuras contrainsurgentes (Ejército, Armada, Policía Federal y ‘AAA’), coherente con la tendencia de 1975 a integrar funciones de inteligencia civil y militar.
6. Tendencia organizacional 1973-1983: El documento se ubica en la transición desde un RISIDE (Reglamento Interno SIDE) de 1973 —aún de signo predominantemente civil— hacia la normativa secreta que regirá durante la dictadura (RISIDE 1975 y 1976). Revela un proceso de concentración y opacidad superiores, preludio del esquema de inteligencia centralizado que operó tras el golpe.
Analisis de Derechos Humanos
El texto principal es de naturaleza organizativa, pero los anexos y memorandos citados formalizan mecanismos de clandestinidad institucional.
• Regulación de mecanismos que afectan derechos: Al legalizar el “encubrimiento del personal y dependencias”, la SIDE crea estructuras difícilmente auditables que favorecen la vigilancia secreta, la detención encubierta y la falta de control judicial, con impacto potencial en el artículo III de la Declaración Americana (derecho a la libertad personal) y el art. 18 CN (debido proceso).
• Perfilado y vigilancia: aunque no aparecen categorías explícitas («subversión», «enemigo interno»), la “adecuación… a la misión y funciones que debe satisfacer en esta etapa coyuntural” (Página 3) se inscribe en la doctrina de seguridad nacional imperante, orientada a la identificación de ‘elementos subversivos’.
• Cláusulas relevantes:
– “NORMAS PARA LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL ENCUBRIMIENTO DEL PERSONAL Y DEPENDENCIAS…” (Páginas 7, 9, 11): la sola denominación configura un dispositivo de opacidad institucional.
– Orden de “destrucción de las fojas retiradas” (Página 11), incompatible con deberes de conservación documental y con todo mecanismo de rendición de cuentas.
• Efectos potenciales: dificultad de los afectados para identificar a sus agentes persecutores, imposibilidad de controlar la legalidad de las operaciones de inteligencia y alto riesgo de abusos (seguimientos, interceptaciones, detenciones clandestinas).
Analisis de Derecho Constitucional
Norma suprema aplicable: Constitución Nacional (texto 1853/60 con reformas 1860, 1866, 1898, 1912, 1957). Se encontraba formalmente vigente en junio 1975.
1. Publicidad de los actos de gobierno: La resolución clasificada “Secreto” elude el principio republicano implícito (art. 1 CN) y el requisito de publicación oficial para la validez general de los actos administrativos. Aunque la CN no prohibe la información secreta en materia de defensa, la amplitud del acto —rediseño completo de la SIDE— sin control parlamentario plantea tensión con la separación de poderes.
2. Art. 14 y 32 (libertad de expresión y prensa): la creación de dependencias encubiertas —sin garantías de control judicial— puede traducirse en restricciones indirectas a la libertad de publicar ideas y de asociarse, al operar bajo ocultamiento y recopilar información sobre ciudadanos.
3. Art. 16 (igualdad): la posibilidad de clasificar personas objeto de inteligencia sin criterios legales objetivos es incompatible con el principio de igualdad ante la ley.
4. Art. 18 (inviolabilidad de la defensa en juicio, domicilio, papeles): mecanismos de encubrimiento facilitan allanamientos y detenciones clandestinas al dificultar la identificación de los responsables, lo que vulnera la garantía de control judicial previo.
5. Base legal invocada: El instrumento no cita la ley 19.349 (Ley de Ministerios) ni otra norma que delegue al Secretario de Informaciones la facultad de dictar reglamentos orgánicos. Se apoya sólo en la “Orientación para el año 1975” de carácter interno, lo que debilita su sustento de legalidad y razonabilidad (art. 28 CN).
Analisis de Derecho Internacional
Al 16-VI-1975 Argentina era parte de la Carta de la OEA y, por ende, estaba obligada a respetar la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) y la Declaración Universal (1948); también había ratificado los Convenios de Ginebra de 1949.
• Derecho a la privacidad (art. V DADH, art. 12 DUDH) y a la protección contra detenciones arbitrarias (art. XXV DADH, art. 9 DUDH): un marco normativo que institucionalice el “encubrimiento” del personal estatal es difícilmente conciliable con estos estándares.
• Precedentes internacionales: la Comisión Interamericana (CIDH) en su Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Chile (1974) y en su futura visita a Argentina (1979) destacó la clandestinidad de los servicios de inteligencia como factor de violaciones graves. El modelo que se perfila en esta resolución se asemeja a los patrones criticados por la CIDH.
• No se requiere entrar en tratados aún no ratificados (PIDCP, CADH), pero su firma previa (1968-1969) constituía un compromiso que los órganos de la ONU consideraban en vigor como obligación de no frustrar el objeto y fin (art. 18 Convención de Viena). El acto analizado va en dirección opuesta al fortalecimiento de garantías.
Analisis Social
Sectores impactados: la reorganización de la SIDE, combinada con normas de encubrimiento, potencialmente afecta a toda la ciudadanía. Sin embargo, dadas las prácticas contrainsurgentes del período, el impacto era mayor sobre trabajadores organizados, estudiantes, periodistas, militantes políticos y sindicales.
Prácticas de vigilancia y control social: El diseño de coberturas institucionales favorece infiltraciones, espionaje a organizaciones civiles y censura indirecta.
Relación Estado-ciudadano: El acto incrementa la asimetría de información y reduce la visibilidad pública del accionar estatal, erosionando la confianza en la legalidad republicana.
Observaciones Archivisticas
• Formato: conjunto de 12 fojas originales con sellos de entrada y salida internos; presencia de anotaciones manuscritas y numeraciones foliadas.
• Legibilidad: Páginas 2, 4, 6, 8, 10 y 12 presentan texto parcial o ilegible (probables listados codificados o degradados).
• Anexos faltantes: se alude reiteradamente al “Anexo 1” y al “RISIDE 1975” que no obran en el expediente consultado.
• Vinculaciones: la Resol. 291/75 deroga el Anexo del RISIDE 1973 y es, a su vez, complementada por la Resol. “S” 855/75 y por las “Normas para la puesta en funcionamiento del encubrimiento…”, parcialmente conservadas en el mismo legajo.
• Estado de conservación: bueno para las fojas principales; deficiente para las fojas con matrices mimeográficas (tinta desvanecida).
Palabras Clave
encubrimiento institucionalmilitarización de inteligenciaestructura orgánica secretaReglamento Interno RISIDEcontrol clandestino de personalpublicidad de los actos de gobiernodoctrina de seguridad nacional
Relevancia para Derechos Humanos
Al formalizar un sistema de reorganización encubierta y secretizada de la agencia civil de inteligencia en un contexto de represión, la resolución sienta bases estructurales que facilitan violaciones masivas de derechos humanos.